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	<title>Monumentos arqueológicos archivos | Viajando por Perú</title>
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	<title>Monumentos arqueológicos archivos | Viajando por Perú</title>
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		<title>Si dañas el Patrimonio Cultural pagarás multas de hasta S/ 3 mllns. 950,000</title>
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		<pubDate>Thu, 05 May 2016 22:24:04 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Deberías saber]]></category>
		<category><![CDATA[Ministerio de Cultura]]></category>
		<category><![CDATA[Monumentos arqueológicos]]></category>
		<category><![CDATA[Patrimonio Cultural de la Nación]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Las multas por daños al Patrimonio Cultural de la Nación llegarán hasta las 1,000 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalente en la actualidad a 3 millones 950,000 soles, según establece el Reglamento de Sanciones Administrativas, aprobado por el Ministerio de Cultura. Según dicho reglamento, publicado el jueves 5 de mayo en una separata especial del Diario [&#8230;]</p>
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<p class="wp-block-paragraph">Las multas por daños al Patrimonio Cultural de la Nación llegarán hasta las 1,000 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalente en la actualidad a 3 millones 950,000 soles, según establece el Reglamento de Sanciones Administrativas, aprobado por el Ministerio de Cultura.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Según dicho reglamento, publicado el jueves 5 de mayo en una separata especial del Diario Oficial El Peruano, para calcular el monto de la multa se utilizará la UIT vigente a la fecha de pago efectivo y no podrá ser menor de 0.25 de una UIT ni mayor de 1,000 UIT.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La escala de multas valora los daños de tres formas: significativo, relevante y excepcional, con gradualidad de leve, grave y muy grave en los tres casos.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Infracciones tipificadas</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">Entre las infracciones tipificadas por el reglamento figuran el no solicitar el registro de un bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación ante el Ministerio de Cultura, por parte de su tenedor y/o propietario. La multa en este caso va desde 0.25 UIT (S/ 987.50) cuando se afecta de 1 a 20 bienes culturales no registrados. A partir del bien número 21 no registrado, la multa por cada bien adicional será 0.01 UIT (S/ 39.50).</p>



<p class="wp-block-paragraph">Por causar daño a un bien mueble integrante del Patrimonio Cultural de la Nación, por parte de su propietario y/o tenedor del mismo, en caso de dolo o negligencia declarada por el Ministerio de Cultura, la multa será de 0.25 UIT (S/ 987.50) a 1,000 UIT (S/ 3 millones 950,000).</p>



<p class="wp-block-paragraph">En caso de intentar sacar del país un bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación por parte de su propietario y/o tenedor, sin autorización o certificación que descarte su condición de tal, la multa será de 0.25 UIT (S/ 987.50) cuando se trate de 1 a 10 bienes culturales muebles. A partir del bien número 11, la multa por cada bien adicional será 0.02 UIT (S/ 79). La misma sanción económica aplicará cuando se introduzca al Perú un bien cultural de otro país por parte de su tenedor, sin la certificación que autorice su salida del país de origen.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Multas que van desde 0.25 UIT (S/ 987.50) hasta 1,000 UIT (S/ 3 millones 950,000) se impondrá a quien promueva y realice excavaciones en sitios arqueológicos o cementerios, o altere bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación sin tener la autorización correspondiente del Ministerio de Cultura o la certificación que descarte la condición de bien cultural, sin perjuicio del decomiso de los instrumentos, medios de carga y transporte utilizados.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Plazo de cancelación de multa y pago fraccionado</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">De acuerdo al reglamento, el plazo para cancelar la multa impuesta no podrá exceder de quince 15 días hábiles, en el lugar y modalidad que indique la propia resolución sancionadora.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Asimismo, establece que una vez realizado el acto de notificación de la resolución de sanción, el administrado, ante la imposibilidad de cancelar la totalidad de la multa impuesta, tendrá un plazo perentorio de 15 días hábiles para solicitar al órgano competente del Ministerio de Cultura, el pago fraccionado de la multa.</p>
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		<title>Google registra imágenes de monumentos arqueológicos del Perú</title>
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		<dc:creator><![CDATA[comunidad]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 26 Mar 2015 18:27:09 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Deberías saber]]></category>
		<category><![CDATA[Caral]]></category>
		<category><![CDATA[Departamento de Cusco]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El gigante de la internet en Perú. Un grupo de operadores de la empresa Google ya se encuentra en el Perú para registrar 91 bienes inmuebles declarados Patrimonio Cultural de la Nación, incluyendo el santuario histórico de Machu Picchu (Cusco), la ciudad sagrada de Caral (Lima) y la ciudadela de Chan Chan (La Libertad). El [&#8230;]</p>
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<p class="wp-block-paragraph">El gigante de la internet en Perú. Un grupo de operadores de la empresa Google ya se encuentra en el Perú para registrar 91 bienes inmuebles declarados Patrimonio Cultural de la Nación, incluyendo el santuario histórico de Machu Picchu (Cusco), la ciudad sagrada de Caral (Lima) y la ciudadela de Chan Chan (La Libertad).</p>



<p class="wp-block-paragraph">El registro en imágenes de nuestros patrimonios arqueológicos es parte de Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Cultura y Google.</p>



<p class="wp-block-paragraph">De acuerdo a informaciones, arqueólogos de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble acompañan a los operadores de dicha compañía en sus visitas de campo a sitios arqueológicos en Lima a fin de registrar imágenes para el servicio Google Street View.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Los representantes de Google tendrán acceso a 91 bienes inmuebles declarados Patrimonio Cultural de la Nación, incluyendo el Santuario Histórico de Machu Picchu, la Ciudad Sagrada de Caral y la Ciudadela de Chan Chan.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El Proyecto Google Street View es una herramienta de Google Maps y Google Earth que proporciona imágenes panorámicas a nivel de calle (360 grados de movimiento horizontal y 290 grados de movimiento vertical), permitiendo a los usuarios ver partes de las ciudades seleccionadas y sus áreas metropolitanas circundantes. Esta tecnología, presentada en Estados Unidos en el 2007, se ha expandido a 59 países a la fecha.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El equipo utilizado por los operadores de Google para capturar las imágenes, conocido como ‘Trekker’, es un sistema de captación portátil de imágenes panorámicas de aproximadamente 20 kilos que se lleva como una mochila, lo que asegura la integridad de los monumentos arqueológicos a visitar.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El Ministerio de Cultura ha realizado las recomendaciones y pautas necesarias para la ejecución del proyecto, el cual permitirá difundir el patrimonio arqueológico del país a través de recorridos virtuales gracias al sistema Google Street View.</p>
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