El Bono de Escolaridad 2026 ya fue ratificado por el Estado peruano. Se trata de un apoyo económico de S/ 400, dirigido a trabajadores del sector público y pensionistas, que será abonado en fechas específicas según el sector.
Este beneficio busca aliviar los gastos que genera el inicio del año escolar, previsto para el 16 de marzo de 2026 en los colegios públicos.
Con el regreso a clases cada vez más cerca, miles de familias empiezan a organizar su presupuesto para cubrir útiles, matrículas, uniformes y otros insumos.
En ese escenario, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) confirmó la continuidad de este bono, considerado uno de los principales respaldos económicos para el periodo escolar.
Lea en En Línea: ¿De cuánto es el bono de escolaridad 2026? Conoce las fechas de pago y quiénes lo reciben.
Bono de Escolaridad 2026: sustento legal y objetivo
La entrega del Bono de Escolaridad está contemplada en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, así como en el Decreto Supremo N.° 002-2025-EF, normas que establecen el monto, los beneficiarios y el cronograma de pago.
El bono se otorga por única vez y no forma parte del salario mensual. Su finalidad es cubrir gastos directamente relacionados con el inicio del año lectivo, como útiles escolares, matrículas, materiales educativos y otros requerimientos básicos.
¿Cuál es el monto oficial del Bono de Escolaridad 2026?
El monto fijado para el Bono de Escolaridad 2026 es de S/ 400, entregado de manera íntegra junto con la planilla de pagos correspondiente.
Este importe no es pensionable ni constituye una bonificación permanente, ya que depende de la aprobación presupuestal anual del Estado.

¿Quiénes acceden al Bono de Escolaridad en 2026?
El beneficio está dirigido principalmente a servidores públicos y pensionistas del Estado. Entre los grupos que lo reciben se encuentran funcionarios y servidores bajo el Decreto Legislativo N.° 276; docentes de la Ley de Reforma Magisterial N.° 29944; personal del sector Educación regulado por la Ley N.° 30512; docentes universitarios comprendidos en la Ley Universitaria N.° 30220.
También, personal de salud bajo el Decreto Legislativo N.° 1153; obreros permanentes y eventuales del sector público; así como miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.
Asimismo, el bono alcanza a los pensionistas de los regímenes de las leyes 15117, 19846, 20530, 28091 y del Decreto Legislativo N.° 1133.
En el caso de trabajadores del sector público bajo régimen privado, podrán recibirlo siempre que no perciban un beneficio similar por otra disposición.
¿Se paga el bono de escolaridad en el sector privado?
En el sector privado, el pago del bono no es obligatorio. Solo se entrega si está estipulado en un convenio colectivo, contrato individual o si forma parte de una práctica habitual de la empresa.
Cuando existe este beneficio, el monto puede variar. Algunas empresas otorgan cifras cercanas a las del sector público, entre S/ 300 y S/ 500, mientras que otras lo calculan como un porcentaje del sueldo. En todos los casos, se trata de un apoyo adicional para el inicio del año escolar.
Fechas de pago del Bono de Escolaridad para trabajadores públicos
El MEF estableció un calendario escalonado según los sectores. El miércoles 21 de enero cobrarán Educación (incluidas universidades), PCM, Transportes, Defensa, Poder Judicial, Ministerio Público, MEF, Justicia, Gobiernos Regionales, Contraloría, Congreso, Desarrollo Agrario y Energía y Minas.
El jueves 22 de enero corresponde a Interior, Desarrollo e Inclusión Social, Vivienda, Defensoría del Pueblo y Relaciones Exteriores.
El viernes 23 de enero será el turno de Salud, Mujer, Cultura, Ambiente, Trabajo y Reniec. Finalmente, el lunes 26 de enero cobrarán Produce, Mincetur, ONPE, Fuero Militar Policial, Junta Nacional de Justicia, JNE y el Tribunal Constitucional.
En el caso de los docentes universitarios, el bono será abonado en junio de 2026.
Cronograma del Bono de Escolaridad para pensionistas
Para los pensionistas del Estado, el pago se realizará de forma progresiva. El jueves 15 de enero corresponde a Educación, PCM, Transportes, Defensa, Poder Judicial, Ministerio Público, MEF, Justicia, Gobiernos Regionales, Contraloría, Congreso, Desarrollo Agrario y Energía y Minas.
El viernes 16 de enero cobrarán Interior, Desarrollo e Inclusión Social, Vivienda, Defensoría del Pueblo y Relaciones Exteriores.
El lunes 19 de enero será el turno de Salud, Mujer, Cultura, Ambiente, Trabajo y Reniec. El martes 20 de enero se pagará a Produce, Mincetur, ONPE, Junta Nacional de Justicia, JNE y Tribunal Constitucional.
Caso especial: docentes y auxiliares de educación
Los docentes contratados y auxiliares de educación comprendidos en la Ley N.° 29944 no recibirán el bono en enero. Para este grupo, el pago se realizará en la planilla de junio de 2026, según lo dispuesto por la normativa vigente.
¿El bono aumenta según el número de hijos?
No. El Bono de Escolaridad se entrega una sola vez y por un monto fijo, independientemente de la cantidad de hijos que tenga el beneficiario.
No se trata de una asignación familiar ni requiere la presentación de documentos como partidas de nacimiento o constancias de matrícula.
Cómo usar el Bono de Escolaridad de forma estratégica
Este apoyo económico puede aprovecharse mejor si se destina a compras anticipadas de útiles escolares, uniformes o mochilas, evitando sobrecostos de última hora.
También puede emplearse en materiales educativos complementarios, libros o recursos digitales que refuercen el aprendizaje.
Además, el bono puede convertirse en una herramienta para fomentar la educación financiera en los hijos, involucrándolos en la planificación de gastos y enseñándoles la importancia del uso responsable del dinero.
